Gobierno aprueba proyecto para reforzar la protección frente a violencia vicaria
Violencia vicaria: nueva protección legal
El Gobierno aprueba una reforma integral
El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de violencia vicaria, una iniciativa que introduce una regulación específica para reforzar la protección de las víctimas y adaptar distintas normas a esta forma de violencia de género. El texto modifica diez disposiciones legales, entre ellas la Ley Orgánica 1/2004, el Código Penal, el Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley General de la Seguridad Social.
La finalidad de la reforma es reconocer jurídicamente la violencia vicaria, mejorar la prevención, garantizar una mayor protección a las víctimas y cumplir los compromisos asumidos en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Una definición legal más amplia
La principal novedad consiste en la modificación del artículo 1.4 de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. El proyecto define la violencia vicaria como aquella ejercida con la finalidad de causar sufrimiento a la mujer mediante agresiones dirigidas contra sus hijos, descendientes, menores sometidos a tutela o guarda, personas con discapacidad dependientes, así como otros familiares y allegados.
Esta ampliación supone un cambio relevante, ya que extiende la protección a nuevas víctimas instrumentales que hasta ahora no aparecían expresamente recogidas en la normativa.
Reformas penales y civiles
El proyecto también modifica el Código Penal para incluir la violencia vicaria entre los supuestos que integran la agravante por razón de género prevista en el artículo 22.4. Además, incorpora una nueva pena accesoria que permitirá prohibir la publicación o difusión de contenidos relacionados directamente con el delito.
En el ámbito civil, la reforma introduce cambios en materia de patria potestad, guarda y custodia y régimen de visitas. Se establece la privación automática de la patria potestad cuando exista sentencia firme por determinados delitos graves y se contempla su suspensión cuando concurran indicios fundados de violencia.
Asimismo, se limita la guarda y custodia compartida cuando pueda perjudicar la salud física o emocional de los menores y se refuerza la obligación judicial de escucharles antes de adoptar decisiones que les afecten, salvo que ello resulte contrario a su interés superior.
Una respuesta más amplia
La iniciativa también modifica la Ley del Registro Civil, el Estatuto de la Víctima del Delito y la Ley General de la Seguridad Social. Entre otras medidas, permitirá modificar los apellidos de hijos fallecidos como consecuencia de violencia vicaria y evitará que los condenados por homicidio puedan generar determinadas prestaciones económicas derivadas del fallecimiento de la víctima.
El proyecto incorpora además medidas de sensibilización, formación especializada para operadores jurídicos y una ampliación de las estadísticas oficiales sobre víctimas, con el objetivo de mejorar el conocimiento y seguimiento de esta forma de violencia.
La reforma inicia ahora su tramitación parlamentaria, donde podrá incorporar modificaciones antes de su aprobación definitiva.