Proyecto de la nueva ley del tabaco: prohibido fumar en más espacios

21/07/2026

La protección de la infancia y la adolescencia se sitúa en el centro de la nueva ley del tabaco, aprobada por el Consejo de Ministros y remitida a las Cortes Generales para iniciar su tramitación parlamentaria. La norma modifica la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, ampliando además los espacios sin humo y adaptando la legislación a los nuevos productos relacionados con el tabaco.

Protección de las personas menores de edad

Una de las principales novedades de la ley del tabaco es la prohibición expresa del consumo de productos del tabaco por parte de personas menores de 18 años. Hasta ahora, la normativa prohibía la venta y el suministro a este colectivo, pero no recogía de forma específica la prohibición del consumo.

Según ESTUDES 2025, la encuesta sobre uso de drogas en enseñanzas secundarias en España, la prevalencia de fumadores diarios entre personas de 14 a 18 años se sitúa en el 4,3%, la cifra más baja de toda la serie histórica desde 1994. Sin embargo, el consumo de tabaco en el último mes en este mismo grupo de edad sigue siendo elevado, con una prevalencia del 15,5%.

Cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados

La reforma extiende a los cigarrillos electrónicos y a otros productos relacionados las mismas limitaciones de consumo previstas para el tabaco en los espacios donde esté prohibido fumar. Esta medida responde al crecimiento de estos productos, especialmente entre adolescentes: según ESTUDES 2025, el 49,5% de las personas de 14 a 18 años ha probado alguna vez cigarrillos electrónicos y el consumo en el último mes ha pasado del 14,9% en 2019 al 27,1% en 2025.

La reforma limita también la venta y suministro de estos productos a tiendas especializadas, que deberán cumplir los requisitos que se establezcan mediante orden ministerial. Las bolsas de nicotina quedan fuera de la equiparación en espacios sin humo, aunque la norma sí prohíbe su consumo por parte de personas menores de edad.

Ampliación de los espacios en los que estará prohibido fumar

La ley del tabaco incorpora las terrazas de bares, restaurantes y otros establecimientos de restauración, las playas marítimas y fluviales, las piscinas de uso colectivo, las instalaciones deportivas, los parques nacionales, los vehículos de trabajo y los recintos donde se desarrollen espectáculos públicos, también al aire libre.

El texto crea entornos de protección reforzada alrededor de espacios especialmente sensibles: no se podrá fumar en un radio inferior a 15 metros de los accesos a edificios públicos, centros sanitarios, centros educativos, universidades, museos, bibliotecas, centros culturales, centros deportivos y parques o recintos infantiles.

Publicidad, promoción y patrocinio

La ley del tabaco refuerza las restricciones a la publicidad, promoción y patrocinio del tabaco, de los dispositivos para su consumo y de los productos relacionados, en todos los medios y soportes, incluidas las máquinas expendedoras e internet.

La recuperación del Observatorio para la Prevención del Tabaquismo

La norma recupera el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo, suprimido en 2014, encargado de proponer iniciativas y objetivos de reducción de la prevalencia del tabaquismo.

Entrada en vigor y plazos de adaptación

La ley del tabaco entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, con un plazo de dos meses para adaptar la señalización en los espacios donde exista prohibición de consumo.