El TSJ de La Rioja confirma un año de prisión por aportar una factura falsa de honorarios
TSJR ratifica un año de prisión por factura falsa
El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha confirmado la condena de un año de prisión impuesta a un hombre por un delito de intento de estafa procesal, relacionado con la presentación de una factura falsa durante un procedimiento judicial. El condenado pretendía acreditar que había satisfecho los honorarios de su abogado para evitar el pago de la minuta pendiente con la procuradora que le había representado en un procedimiento laboral.
Impago de los honorarios de la procuradora
La controversia comenzó cuando el acusado dejó impagada una minuta de 309,43 euros correspondiente a los servicios prestados por la procuradora. La profesional realizó distintos requerimientos de pago mediante carta, teléfono y medios telemáticos, sin obtener el abono de la cantidad reclamada.
Ante esta situación, la procuradora inició un procedimiento de jura de cuentas para reclamar judicialmente sus honorarios. Durante la tramitación, el acusado presentó un escrito de alegaciones en el que sostuvo que ya había pagado la deuda a su abogado.
Como prueba de ese supuesto pago, aportó una factura por importe de 2.077,60 euros, en la que figuraba el concepto de «minuta de honorarios profesionales» y que aparentaba incorporar la firma digital del letrado. El abogado, sin embargo, negó la autenticidad del documento.
Una actuación dirigida al procedimiento judicial
La defensa alegó que la sentencia condenatoria no había concretado la forma en la que el acusado habría falsificado la factura. El TSJR considera que esta circunstancia no impide mantener la condena.
La Sala señala que las pruebas practicadas permitieron acreditar que el acusado disponía de medios para elaborar el documento, entre ellos correo electrónico y WhatsApp, y que fue él mismo quien lo presentó en el procedimiento judicial.
Para los magistrados, el elemento determinante es que la factura podía beneficiar directamente al acusado. Su presentación perseguía obtener una respuesta judicial favorable que perjudicara los intereses de la procuradora, aunque finalmente no consiguió ese resultado.
La profesional explicó durante el procedimiento que terminó cobrando íntegramente la cantidad que se le adeudaba.
Abogado y procuradora deben cobrar por separado
El tribunal considera igualmente probado que el acusado conocía que debía satisfacer por separado los honorarios del abogado y los de la procuradora. Ambos profesionales le habían informado de esta obligación y las facturas emitidas por cada uno eran independientes.
Por ello, el pago de los honorarios del abogado no podía extinguir la deuda que el acusado mantenía con la procuradora.
El TSJR concluye que la Audiencia Provincial realizó una valoración detallada de las pruebas practicadas en el juicio oral y justificó correctamente la calificación jurídica de los hechos.
La resolución no es firme
La condena todavía puede ser recurrida mediante recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Por tanto, la decisión del TSJR no constituye aún una resolución firme.